States Parties 161 States Not Party 36
HOJA DE DATOS del MONITOR DE MINASPreparado por Human Rights Watch y Mines Action Canada para:
Seminario Regional sobre la destrucción de Arsenales de Minas Antipersonal en América,Patrocinado por los Gobiernos de Argentina, Canadá,Y la Organización de Estados Americanos6 de noviembre de 2000
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CONVENCIÓN SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL EMPLEO, ALMACENAMIENTO, PRODUCCIÓN Y TRANSFERENCIA DE MINAS ANTIPERSONAL Y SOBRE SU DESTRUCCIÓN
Artículo 1. Obligaciones generales 1. Cada Estado Parte se compromete a nunca, y bajo ninguna circunstancia:...b)... adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar...minas antipersonal;
Artículo 3. Excepciones. 1. Sin perjuicio de las obligaciones generales contenidas en el Artículo 1, se permitirá la retención o la transferencia de una cantidad de minas antipersonal para el desarrollo de técnicas de detección, limpieza o destrucción de minas y el adiestramiento en dichas técnicas. La cantidad de tales minas no deberá exceder la cantidad mínima absolutamente necesaria para realizar los propósitos mencionados más arriba.
Artículo 4. Destrucción de las existencias de minas antipersonal. Con excepción de lo dispuesto en el Artículo 3, cada Estado Parte se compromete a destruir, o a asegurar la destrucción de todas las existencias de minas antipersonal que le pertenezcan o posea, o que estén bajo su jurisdicción o control, lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 4 años, a partir de la entrada en vigor de esta Convención para ese Estado Parte.
De los treinta y cinco países en la región de América, todos han firmado el Tratado para la Prohibición de Minas de 1997, excepto por Cuba y los Estado Unidos. Seis Estados han firmado pero aún no han ratificado el Tratado: Chile, Guyana, Haití, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Uruguay. Los Países de Estado que forman parte del Tratado están obligados a destruir todo arsenal de minas antipersonal (AP) dentro de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta Convención. La Campaña Internacional para la Prohibición de Minas (ICBL, International Campaign to Ban Landmines), hace un llamado a toda nación en América a esforzarse por la destrucción total de arsenales de minas antipersonal (AP) antes de la Tercera Reunión de Estados Partes que se llevará acabo en Managua, Nicaragua en Septiembre del año 2001.
Los Temas Claves de preocupación incluyen:
El Monitor de Minas Terrestres estima que por lo menos 12 millones de minas antipersonal están almacenadas en la región de América en 13 países. Los Estados Unidos tiene la gran mayoría de estas minas, 11.2 millones.[ 1] Otros estados en la región con arsenales de minas antipersonal incluyen: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, Honduras, Guyana, Nicaragua, Perú, Uruguay, y Venezuela. El Monitor de Minas Terrestres aún no ha podido confirmar si Costa Rica o Surinam tienen o no un arsenal de minas, aunque se cree que Costa Rica no tiene minas antipersonal.
Aparte de los Estados Unidos, el arsenal más grande de minas antipersonal del cual tenemos conocimientos le pertenece a Perú (330,840), Ecuador (170,344), Nicaragua (91,813), Argentina (89,170), y Brasil (35,012). Un diplomático Chileno le dijo al ICBL que el arsenal de Chile contiene 22,000 y un reporte del Gobierno Colombiano indica que su arsenal tiene por lo menos 18,000, pero el Monitor de Minas Terrestres no ha podido confirmar estas cantidades.
Varios grupos rebeldes en Colombia, notablemente las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), tienen arsenales de minas antipersonal. El Monitor de Minas Terrestres no ha identificado otros actores, ajenos al Estado, en América que tengan arsenales.
De las 20 naciones en América sin arsenales, aparecen Belice, Bolivia, Méjico, Paraguay, Panamá, y las 12 naciones del Caribe que nunca han tenido arsenales de minas antipersonal. Canadá, El Salvador, y Guatemala han reportado la destrucción completa de todos sus arsenales (excepto en el caso de Canadá, quien retuvo minas para entrenamiento).
Los arsenales de minas antipersonal en la región de América puede ser resumido en la siguiente tabla:
La investigación del Monitor de Minas Terrestres muestra que más de 22 millones de minas antipersonal han sido destruidas a nivel mundial en años recientes por más de 50 países. Veintiún países han completado la destrucción de sus almacenamientos, de los cuales tres son de América: Canadá, El Salvador y Guatemala. Cinco países de América han destruido arriba de 240,000 minas antipersonal. Los Estados Unidos han destruido 3.355 millones de minas antipersonal, aproximadamente tres cuartos de su almacenamiento de minas antipersonales con dispositivo anti-destructivo.
Entre aquellos en proceso de destruir sus almacenamientos están Colombia, Ecuador, Nicaragua, Perú y Uruguay. Ecuador reporta que ha destruido 101,458 minas antipersonal entre Abril 1999 y Marzo 2000. Nicaragua reporta que 40,000 minas antipersonal han sido destruidas desde Abril 2000. Perú reporta que destruyo 3,916 minas en 1999. Uruguay reporta que la destrucción de aproximadamente 2,338 minas antipersonal en sus almacenamientos está en proceso. Mas de 2,000 minas antipersonal fueron destruidas de los almacenamientos de Colombia. Las Fuerzas Armadas Colombianas también reportaron que han destruido minas antipersonal capturadas de grupos ajenos al Estado.
Los Estados Partes que aún no han comenzado su destrucción son Argentina, Brasil, Honduras y Venezuela. Honduras ha hecho planes para la destrucción.
Los Estados Partes han reportado la siguiente información en su Reporte de Transparencia del Artículo 7.
Los Estados Unidos destruyen sus minas por detonación abierta.
Fecha límite para la total destrucción de arsenales de minas antipersonal
Al parecer, la mayoría de los Estados Partes alrededor del mundo que tienen arsenales de minas antipersonal, han optado por atenerse a la excepción del Artículo 3. Mucho tienen la intención de guardar entre 1,000 y 5,000 minas. Sin embargo, en la región de América, Belice, Bolivia, El Salvador, Guatemala, Méjico, Panamá y los Países del Caribe han escogido no retener ninguna mina antipersonal. Uruguay, quien firmó el tratado, le comunicó al Monitor de Minas Terrestres que requiere minas para entrenamiento, pero que en su lugar usará minas inertes.
Basado en los datos del más reciente Reporte de Transparencia del Artículo 7, los Estados Partes de la región de América retendrán arriba de 50,000 minas antipersonal. Los siguientes Estados Partes, en orden del mayor número retenido, han optado por retener minas antipersonal amparándose bajo el Artículo 3:
La Campaña Internacional para la Prohibición de Minas (ICBL-International Campaign to Ban Landmines) aún cuestiona la necesidad de entrenar con minas activas. La ICBL considera que es importante no sólo tener completa transparencia en este asunto, pero también cree que continuamente debe evaluarse la necesidad de ampararse a esa excepción y también evaluar el potencial de la necesidad de dar un número límite. Brasil, Ecuador y Perú deben re-examinar sus requisitos de retener tantas minas.
Hasta la fecha, más de 50 informes han sido entregados por los Estado Partes a las Naciones Unidas, como lo exige el Artículo 7 del Tratado contra Minas. Los primeros Reportes del Artículo 7 deben ser entregados a los 180 días después que el Tratado haya entrado en vigor para ese Estado Parte. De allí en adelante, reportes anuales deberán ser entregados para el 30 de Abril de cada año. Sin embargo, hay un número significativo de Estados Partes que están atrasados en la entrega de sus primeros Reportes del Artículo 7. Estos gobiernos han hasta ahora fallado en cumplir una de las obligaciones del Tratado; los informes del Artículo 7 no son opcionales y las fechas de entrega son fechas límites legales no una aproximación.
Los países de América que están tarde en entregar sus primeros reportes del Artículo 7 de Medidas de Transparencia son:
Los Estados que no han entregado su segundo Reporte de Medidas de Transparencia del Artículo 7, con fecha límite del 30 de Abril del 2000, son: Belice, Bolivia, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Perú, y Saint Kitts y Nevis.
Las fechas de entrega del Primer Reporte del Artículo 7 para aquellos que recientemente han ratificado el Tratado son:
República Dominicana (30 de Mayo de 2001) y para Colombia (Agosto de 2001).
Adicionalmente, la ICBL ha expresado su preocupación concerniente a los siguientes puntos: